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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 90 sexies Provincia de Tucumán


Ley Orgánica del Poder Judicial Tucumán
Artículo 90 sexies. Reemplazos

En caso de vacancia, impedimento, recusación o inhibición los Jueces de Instrucción, de Menores, Civil, Comercial y del Trabajo, Civil en Familia y Sucesiones, Fiscalías de Instrucción, Fiscalías en lo Civil, Comercial y del Trabajo, del Centro Judicial Este, serán suplidos por el Juez o funcionario de la misma competencia material del Centro Judicial Capital.

Defensores Oficiales en lo Civil, y de Menores se subrogarán recíprocamente. En su defecto serán sustituidos por los conjueces



Provincia de Tucumán Artículo 90 sexies Ley Orgánica del Poder Judicial
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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